Ayuda

Asistencia

El Instituto de Estudios Legislativos del Poder Legislativo del Estado de México fungirá como un escritorio de ayuda para aquellas personas que requieren apoyo para realizar el trámite de registro.

Instituto de Estudios Legislativos (INESLE)

Av. Miguel Hidalgo Ote. 313, Barrio de la Merced, 50080 Toluca de Lerdo, Méx.

Para resolver dudas o solicitudes, incluyendo las garantías de audiencia, así como para recibir apoyo relacionado con el proceso de registro en la página web, las personas aspirantes podrán contactar al correo electrónico:

eleccionjudicial@legislativoedomex.gob.mx


Preguntas frecuentes

I. Sobre la inscripción

¿Dónde puedo ver la convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Legislativo del Estado de México? +

La convocatoria se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el 4 de febrero de 2025 y también se puede consultar en el sitio https://legislativoedomex.gob.mx/eleccionjudicial2025/.

¿Cómo me inscribo al proceso de evaluación y selección de candidaturas a la Elección Extraordinaria de personas juzgadoras 2025 del Poder Judicial del Estado de México? +

Conforme a la Base Cuarta de la Convocatoria del Comité de Evaluación, las personas aspirantes deberán realizar el procedimiento de inscripción entre el 11 y el 16 de febrero de 2025 a través del portal electrónico https://legislativoedomex.gob.mx/eleccionjudicial2025/.

¿Se admiten formas distintas de inscripción al proceso de evaluación y selección de postulaciones del Comité de Evaluación? +

No, sin embargo, tal y como se señala en el segundo párrafo de la fracción I de la Base Cuarta de la Convocatoria del Comité de Evaluación, la oficina habilitada, ubicada en el Instituto de Estudios Legislativos del Estado de México, en Av. Hidalgo No. 313, Col. Merced-Alameda, Toluca, Estado de México, C.P. 50080, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, contará con personal de apoyo para el uso del equipo de cómputo designado para subir la documentación en el micrositio indicado.

¿Me puedo postular a diversos cargos? +

No, la fracción II de la Base Cuarta de la Convocatoria del Comité de Evaluación señala que cada persona aspirante solo podrá inscribirse a un cargo, en un solo distrito o región judicial y en una única especialidad, con excepción de aquellas personas que se postulen para Magistradas o Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y manifiesten su intención de postularse para la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia.

¿Puedo presentar mi postulación en cada uno de los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión? +

Con fundamento en lo previsto en el artículo 89, párrafo cuarto, fracción III, párrafo segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, no existe impedimento legal para que se registre en los procesos de evaluación y selección de postulaciones de los tres Poderes del Estado, siempre y cuando la inscripción sea para el mismo cargo y, en su caso, región o distrito judicial.

Al momento de inscribirme, ¿debo señalar el número de Juzgado al que aspiro? +

No, solo deberá señalarse la región o distrito judicial y la especialidad, de conformidad con lo que establece la fracción II de la Base Cuarta.

¿Cómo sabré que ya se realizó mi registro? +

Una vez que las personas aspirantes realicen y envíen su registro respectivo, el micrositio generará un acuse de recibo del registro y la carga de la documentación entregada, con sello digital, fecha y hora.

Dicho comprobante no garantiza el cumplimiento de los requisitos constitucionales por las personas interesadas, ni se pronuncia sobre el contenido de los archivos electrónicos recibidos, sólo hará constar el número y nombre de los archivos recibidos; fracción IV de la Base Cuarta.

II. Sobre los documentos para acreditar los requisitos constitucionales de elegibilidad

¿Qué es un documento público? +

De conformidad con lo establecido en el artículo 1.293 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, son documentos públicos los formulados por Notarios o Corredores Públicos, y los expedidos por servidores públicos en el ejercicio de sus atribuciones legales. La calidad de públicos se demuestra por los sellos, firmas u otros signos exteriores que prevengan las leyes.

¿Cómo se verificará el cumplimiento de requisitos constitucionales? +

Una vez recibida una inscripción en el Portal Electrónico y formado el expediente respectivo, el Comité de Evaluación elaborará el dictamen de cumplimiento de requisitos de elegibilidad conforme al procedimiento establecido en sus reglas de funcionamiento.

¿Qué formato y tamaño deben tener los documentos digitalizados para cargarlos en el sistema? +

Deberán cumplir con las especificaciones contenidas en la Base Cuarta, fracción VII de la Convocatoria del Comité de Evaluación, los documentos deben ser archivos PDF y cada uno pesar un máximo de 10 MB.

¿Debo generar copias certificadas de mis documentos originales para subirlos al sistema? +

No, basta con su digitalización y la declaración bajo protesta de decir verdad que se realiza al momento de inscribirse en el portal electrónico en cuanto a que el documento digitalizado corresponde a su original; sin embargo, el Comité de Evaluación podrá requerir en cualquier etapa la presentación de documentos originales o copias certificadas para cotejo.

¿Qué es una copia certificada? +

De conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley del Notariado del Estado de México, es la reproducción establecida en formato físico o electrónico que de una escritura, un acta, sus documentos de apéndices o bien, de los documentos presentados por los interesados, expida un notario o el titular del Archivo, en su caso.

Para que las copias certificadas expedidas a través de formatos electrónicos sean válidas, debe contener la firma electrónica notarial que las expidió.

¿Las copias certificadas deben ser emitidas por una persona notaria pública? +

No necesariamente, pues en el orden jurídico mexicano hay otras personas con competencia para emitir copias certificadas.

¿Qué requisitos deben contener las cartas de recomendación? +

Tal y como se establece en la Base Cuarta de la Convocatoria del Comité, las cartas de referencia se cargan al sistema conforme al Formato RPL0004, descargable en la plataforma de registro, con firma autógrafa de la persona que referencia al final del documento, datos de contacto (teléfono y correo electrónico), mismas que deberán escanearse en formato PDF, junto con copia de su identificación oficial y subirse a la plataforma.

¿Existe algún formato de la manifestación bajo protesta de decir verdad? +

Sí, para manifestación de residencia el Formato RPL0001; buena reputación el Formato RPL0002; y de no haber ocupado cargos específicos en el servicio público el Formato RPL0003; todos descargables en la plataforma de registro.

¿Los documentos subidos al sistema que únicamente requieran firma de la persona aspirante deben estar firmados autógrafamente? +

Sí, es necesario, sin embargo, el envío de estos para el registro será escaneado.

Si tengo experiencia en el ámbito privado, ¿cuál es el medio idóneo para acreditar la práctica profesional? +

Cualquier documento que acredite el desarrollo de actividad profesional vinculada con la actividad jurídica o docente, por lo que son idóneos, por ejemplo, los escritos mediante los cuales haya promovido durante el periodo solicitado diverso juicios o medios de defensa.

¿Cómo se acredita la residencia? +

Tal y como se indica en las Bases Segunda, fracción VII y Cuarta, fracción VII de la convocatoria, podrá acreditarse con la constancia de residencia emitida por autoridad competente o la manifestación bajo protesta de decir verdad sobre su residencia conforme al Formato RPL0001, descargable en la plataforma de registro.

¿Cuántos años se requiere acreditar de residencia en el Estado, previo a la publicación de la convocatoria de la Legislatura, por las personas aspirantes? +

En términos de lo previsto en el artículo 91, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el requisito se cumple si la persona aspirante ha residido en el Estado durante el año anterior al día de la publicación de la convocatoria de la Legislatura.

Si ya adjunté mi credencial para votar en la sección correspondiente, ¿debo volver a adjuntarla como comprobante de residencia? +

No es necesario, basta con la constancia de residencia emitida por autoridad competente o el Formato RPL0001, descargable en la plataforma de registro.

¿Hay algún formato para la elaboración de currículum vitae? +

No, el formato es libre. Basta con cumplir lo señalado en la base cuarta, fracción VII de la convocatoria, consistente en un máximo de tres cuartillas tamaño carta, fuente Arial 12, Interlineado 1.15, márgenes predeterminados del procesador de textos (2.5 cm en los márgenes superior e inferior y 3.0 cm en los márgenes izquierdo y derecho), con firma autógrafa al final del documento, mismo que deberá escanearse en formato PDF y subirse a la plataforma.

Si ya adjunté mi título profesional en la sección correspondiente, ¿debo volver a adjuntarlo como anexo al currículum vitae? +

No es necesario.

Respecto del requisito de poseer un promedio general de mínimo 8 puntos, ¿se puede acreditar con el historial académico de maestría o doctorado? +

No, es requisito constitucional para ser persona elegible haber obtenido en la licenciatura cuando menos un promedio general de ocho puntos.

Si tengo como promedio general de licenciatura 7.9 o inferior, ¿puedo ser elegible? +

No, es requisito constitucional para ser persona elegible haber obtenido en la licenciatura cuando menos un promedio general de ocho puntos.

¿Cómo me hacen saber si un documento está mal o incompleto? +

De conformidad con lo que señala la Base Quinta, el Comité de Evaluación llevará a cabo la verificación formal del cumplimiento de los requisitos y la documentación establecida en la convocatoria, en caso de duda sobre el cumplimiento de algún requisito de elegibilidad, el Comité de Evaluación podrá requerir a la persona participante la presentación de documentación adicional.

III. Elegibilidad en función del cargo que desempeña actualmente

Si soy persona trabajadora del Poder Judicial (no persona juzgadora en funciones), ¿puedo participar en el proceso de selección?, ¿debo renunciar a mi nombramiento? +

Sí puede participar en el proceso de selección pues no hay impedimento legal, y no necesita renunciar a su nombramiento.

Si soy persona Juzgadora en funciones y quiero participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones del Comité de Evaluación para mi mismo cargo, ¿debo mandar toda la documentación solicitada en la convocatoria al Comité de Evaluación? +

Si es de su interés ser postulante para su mismo cargo debe cumplir todos los requisitos previstos en la convocatoria respectiva.

IV. Evaluación de idoneidad

¿Para la valoración de los antecedentes académicos, lo único que se considera son las calificaciones de licenciatura? +

No, en términos de la Base Sexta de la Convocatoria del Poder Legislativo, se realizará una revisión del nivel académico, estudios realizados, relevancia del grado académico en relación con la especialidad o naturaleza del cargo al que se aspira, calificaciones, publicaciones, distinciones y especializaciones.

¿Cómo se acreditan la honestidad y la buena fama? +

En términos de la Base Sexta de la Convocatoria del Comité de Evaluación, la buena fama y la honestidad se demostrarán con referencias en medios de comunicación y de la ciudadanía.

¿Puedo cancelar mi postulación? +

De acuerdo con lo establecido en la Base Séptima, la persona interesada podrá desistirse de participar en cualquier etapa del proceso de evaluación y selección de candidaturas, lo que resultará en el retiro y desechamiento de su postulación, para ello deberá realizar lo instruido en la misma base.

¿Cómo puedo saber el estado que guarda mi postulación? +

De acuerdo con lo establecido en la Base Décima Primera, en el sitio de internet del Congreso del Estado Libre y Soberano de México se habilitará un micrositio que se actualizará de manera periódica para compartir información relacionada con el proceso de evaluación y selección de candidaturas, incluyendo su avance, resultados y cualquier notificación relevante, de forma abierta y accesible al público.


Una vez registrado, podrás: